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En términos legales, si no existe una designación concreta, el capital asegurado se integra en el patrimonio del fallecido, siendo los herederos legales quienes pueden reclamar la indemnización correspondiente.
Esta situación no es inusual y, aunque pueda parecer complicada al principio, se resuelve siguiendo ciertos pasos legales. Aquí desglosamos lo esencial para que cualquiera pueda entender cómo proceder y resolver esta circunstancia.
Cuando fallece un familiar lo primero y fundamental es conocer si existía o no una póliza de seguro de vida activa a nombre del fallecido.
En España, este paso se facilita gracias al Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento, una base de datos oficial donde figuran todos los seguros de vida contratados por personas fallecidas.
Para acceder a esta información, los herederos deben presentar el certificado literal de defunción del asegurado y solicitar un informe en el registro. Este trámite se puede realizar en línea o de forma presencial en el Registro General de Actos de Última Voluntad. El informe detallará si el fallecido tenía seguros de vida y, en caso afirmativo, con qué aseguradoras.
En ausencia de beneficiarios explícitos, el seguro pasa a formar parte de la herencia del asegurado. Esto significa que los herederos legales, como el cónyuge, hijos o incluso padres, tienen derecho a reclamarlo.
‼️ Importante: si existe un testamento, este determinará quiénes son los herederos y qué porcentaje del patrimonio les corresponde. Si no hay testamento, se deberá realizar una declaración de herederos para identificar legalmente a las personas con derecho al capital asegurado.
Aunque el proceso puede variar según las circunstancias, de forma general en otras ocasiones ya explicamos cómo reclamar un seguro de vida, aquí recordamos los pasos generales concretando más en este tipo de situación específica:
Como ya mencionamos, el registro es el punto de partida para verificar la existencia de una póliza activa. Este paso es crucial para evitar reclamaciones innecesarias o perder el derecho al seguro por desconocimiento.
Si no hay testamento, los herederos deben tramitar una declaración de herederos, que puede ser:
Este documento oficial será la base para que los herederos puedan reclamar cualquier bien del fallecido, incluido el seguro de vida.
Con los documentos en regla, los herederos deben contactar a la aseguradora, presentando:
Una vez presentada la reclamación, la aseguradora tiene la obligación de entregar el capital asegurado dentro de los plazos establecidos por la Ley de Contrato de Seguro.
Según la Ley 50/1980, de Contrato de Seguro, el asegurador debe cumplir con la indemnización incluso si existen disputas entre herederos. Además:
¿Qué pasa si hay varios herederos legales?
El capital se divide proporcionalmente entre ellos, salvo que exista un acuerdo diferente.
¿Se puede renunciar a la herencia y aún así reclamar el seguro de vida?
No, porque el seguro pasa a formar parte de la herencia. Renunciar a ella implica renunciar también al seguro.
¿Qué hacer si la aseguradora rechaza la reclamación?
Es posible iniciar una reclamación judicial. En estos casos, contar con asesoramiento especializado es fundamental para defender tus derechos.
En el caso de reclamar un seguro de vida sin beneficiarios designados, es esencial entender que este trámite no es solo una formalidad, sino un derecho clave que protege a los herederos legales.
Con las herramientas adecuadas, como el Registro de Contratos de Seguros y una declaración de herederos en regla, el proceso puede gestionarse con claridad y eficiencia. Nuestra recomendación es actuar con diligencia y apoyarse en asesoramiento profesional en caso de dudas o complicaciones legales.
En momentos difíciles, contar con esta información puede marcar la diferencia para que el esfuerzo de quien contrató el seguro cumpla su propósito: brindar seguridad y apoyo a sus seres queridos.
En SOS Reclama contamos con el mejor equipo de abogados expertos en Derecho de Seguros y especialmente en reclamaciones a Seguros de Vida
Artículo realizado por el experto en Derecho de Seguros
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